
Compras en supermercados por menos de $10 millones quedarán exceptuadas del IVA con percepción desde julio
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó una medida que exime del régimen de percepción del IVA a las compras de hasta $10 millones realizadas en supermercados, siempre que no se acredite condición tributaria. La Resolución General 5710/2025 fue publicada este martes en el Boletín Oficial y entrará en vigencia el 1º de julio.
Según la normativa, toda operación inferior a ese monto se presumirá automáticamente como realizada por un consumidor final. Esto elimina la necesidad de que el comprador declare su situación fiscal, un punto que solía generar controversias en línea de cajas y obligaba a los supermercados a dividir facturas o aplicar recargos.
La medida beneficiará principalmente a pequeños comercios, autoservicios y consumidores que operan en la informalidad, al evitar percepciones que oscilaban entre el 5,25% y el 10,5% del valor de la compra. Además, simplificará la operatoria de los grandes supermercados.
Rubros alcanzados
La disposición aplica exclusivamente a establecimientos habilitados bajo los siguientes rubros:
Venta al por mayor en supermercados mayoristas de alimentos
Venta al por menor en hipermercados
Venta al por menor en supermercados
Venta al por menor en minimercados y autoservicios
Desde ARCA explicaron que la modificación “responde a principios de buena administración tributaria” y se enmarca en el proceso de simplificación fiscal promovido por el Ejecutivo. La medida también se alinea con el reciente ajuste en el régimen de comprobantes, que elevó a $10 millones el monto base para identificar al comprador.
El Gobierno busca con esta resolución agilizar el consumo minorista, reducir trabas burocráticas y fomentar el blanqueo de operaciones informales como parte del nuevo plan económico lanzado en mayo.
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