23 Jun 2025, Lun

Rechazaron excarcelar a un hombre acusado de abusar de su hija en Santa Rosa

El Tribunal de Impugnaciones de la Segunda y Tercera Circunscripción Judicial rechazó el pedido de excarcelación para un hombre de Santa Rosa del Conlara, acusado de abusar sexualmente de su hija.

C.O.R. se encuentra cumpliendo prisión preventiva en el Servicio Penitenciario Provincial desde agosto de 2021, con un pedido de pena de 20 años de prisión, accesorias legales y costas procesales. En una audiencia de revisión de la medida, la defensa del acusado, Emmanuel Correa Otazú, solicitó al tribunal la excarcelación de su defendido o, al menos, que le otorguen  prisión domiciliaria.

En sus fundamentos la defensa expresó que, tal como lo determina el Código Procesal Penal de la provincia, la última instancia es la prisión preventiva, y que ninguna persona puede ser considerada culpable mientras una sentencia firme no la declare como tal.

Como justificativo de lo solicitado, Otazú expresó que su defendido tiene arraigo laboral, un oficio y, también, arraigo familiar. Respecto de esta última circunstancia, el defensor informó al tribunal que la madre de C.O.R. padece una enfermedad grave, y que necesita del cuidado de su hijo debido a que no cuenta con otro familiar o persona cercana que pueda hacerse cargo.

Por su parte, el Fiscal de Juicio de la Tercera Circunscripción, Néstor Zudaire, señaló que la prisión preventiva “no se analiza en forma abstracta sino en relación con la gravedad de la pena. Y la verdad, que la pena amenazada es absolutamente grave”.

El fiscal aclaró que que no corresponde el otorgamiento en este caso, porque “las circunstancias excepcionales que originaron la solicitud”, es decir, el grave estado de salud de la madre del imputado, no están probadas.

“Me opongo a que se revise la medida cautelar, y solicito que se mantenga la prisión preventiva dictada en su oportunidad”, dictaminó. El Tribunal compuesto por  Hernán Herrera, Sebastián Cadelago Filippi y Virna Eguinoa estuvo de acuerdo y dispuso mantener la medida de coerción que viene cumpliendo el acusado, por un plazo de cuatro meses a partir del día de la fecha.

SL24

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