El protocolo de seguridad en escuelas fue modificado por el Ministerio de Seguridad Nacional con el objetivo de actualizar la actuación de las fuerzas federales frente al aumento de amenazas de ataques difundidas en redes sociales y otros entornos digitales. La nueva normativa establece límites para el tratamiento de datos de menores, aunque incorpora excepciones cuando exista un riesgo grave e inminente para la vida o la seguridad de la comunidad educativa.

La medida quedó oficializada este miércoles mediante la Resolución 725/2026, publicada en el Boletín Oficial, y responde al crecimiento de denuncias por amenazas de violencia masiva contra establecimientos educativos registradas en distintos puntos del país.

El nuevo esquema redefine la forma en que podrá intervenir el personal policial durante tareas preventivas en el ciberespacio, especialmente cuando las investigaciones involucren a niños, niñas y adolescentes.

La resolución establece que las fuerzas federales deberán respetar lo dispuesto por la Ley de Protección de Datos Personales N.º 25.326. En consecuencia, queda expresamente prohibido recopilar o tratar datos sensibles o publicaciones de menores sin una autorización judicial.

Sin embargo, la normativa también contempla situaciones excepcionales. En esos casos, cuando exista un riesgo concreto para la vida, la integridad física o la seguridad de otras personas, las tareas preventivas podrán continuar aun cuando intervengan menores de edad.

Entre los escenarios previstos se encuentra la existencia de un riesgo para la vida del menor, indicios de desamparo, fuga o sustracción, conductas autolesivas o con riesgo de suicidio y situaciones en las que el menor sea presunta víctima de un delito cometido en el ámbito digital.

Además, el protocolo incorpora un punto específico relacionado con las amenazas de ataques en escuelas. Si durante una investigación surgen indicios fundados de que existe riesgo para la integridad física de otros menores o de la comunidad educativa, la intervención policial podrá mantenerse.

La medida contempla expresamente los casos en los que existan amenazas, planificación o preparación de hechos de violencia masiva en establecimientos educativos o espacios públicos, independientemente de que el menor involucrado sea señalado como presunto autor o como posible víctima.

Por otra parte, cuando durante una tarea preventiva se determine con certeza o exista una presunción de que la investigación involucra a un menor y no se configure ninguna de las excepciones previstas, el personal policial deberá suspender inmediatamente la actividad.

En esos casos, también deberá dejar constancia en el libro de registro correspondiente y comunicar la situación a la autoridad responsable, conforme a lo establecido por la nueva normativa.

La actualización del protocolo surge en un contexto marcado por el incremento de amenazas contra escuelas difundidas principalmente a través de redes sociales, una situación que motivó la revisión de los procedimientos de prevención en el ámbito digital.

Con esta modificación, el Ministerio de Seguridad Nacional busca compatibilizar la protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes con la necesidad de actuar rápidamente cuando existan riesgos que puedan afectar la vida, la integridad física o la seguridad de la comunidad educativa.

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